Sernac cierra ciclo con guerra a Socovesa por cláusulas abusivas

En un período cargado de disputas con el retail y la banca, la entidad que dirige Juan José Ossa demandó a la inmobiliaria de la familia Gras. La firma dice que no tienen contratos de adhesión.

Se terminan los cuatros años del gobierno de Sebastián Piñera y uno de los servicios más mediáticos y que ha tenido mayores disputas con el sector privado, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), sigue desafiando al empresariado por conductas que afectan el funcionamiento del mercado.

Si entre 2010 y 2013 el Sernac –que digirió primero el actual Intendente de la Región Metropolitana, Juan Antonio Peribonio, y que ahora lidera el abogado Juan José Ossa– ha tenido duras disputas públicas con empresas del sector del retail y la banca, en el ocaso de la actual administración está sentando en el banquillo de los acusados a la mayor inmobiliaria de Chile, Socovesa.

El 17 de enero pasado, el Sernac presentó en el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago una demanda colectiva contra dos filiales del holding Empresas Socovesa –controlado por la familia Gras–, esto es, Socovesa Santiago y Socovesa Temuco, por el uso de cláusulas abusivas.

La acción legal –que fue declarada admisible por el tribunal el 21 de enero– amenaza con ser la nueva controversia entre el gobierno y el sector privado, abriendo un flanco de cuestionamientos a la forma en que se relaciona esta industria con los ciudadanos devenidos en consumidores.

El escenario es complejo para Socovesa, algunos de cuyos máximos ejecutivos fueron formalizados por estafa hace algunos años (luego sobreseídos) y que hoy, según el Sernac, serían la única firma de rubro que no estaría disponible para revisar sus contratos y someterse a la Ley del Consumidor.

Cristián Hartwig, presidente de Empresas Socovesa y representante legal de una de las firmas demandadas, afirmó que, a juicio de la empresa, los tribunales deberán definir primero si sus contratos son de adhesión antes de discutir la legalidad de las cláusulas.

Según explicó, su relación con los clientes es individual y cuando existen reclamos o cuestionamientos de los compradores se solucionan directamente con cada uno de ellos.

Para el Sernac, la posición de Socovesa es insostenible, pues fueron los propios tribunales, a propósito de otra demanda presentada en 2008, en fallo de primera instancia del 3 de septiembre de 2013, los que calificaron sus contratos como de adhesión.

Se trata del caso del proyecto Larapinta, desarrollado por la filial de Socovesa Encinas de Peñalolén, donde el Sernac los demandó en el año 2008, cuando dirigía esa entidad pública José Roa.

En dicho dictamen, el tribunal estableció el carácter de adhesión de los contratos de la filial de Socovesa, con lo cual le dio competencia sobre los mismos a la Ley del Consumidor y al Sernac como su fiscalizador. Dicha causa fue apelada por las partes en la Corte de Apelaciones.

Además, en dicho dictamen el juzgado determinó la ilegalidad y condición abusiva de algunas cláusulas que serían reclamadas en la demanda que acaba de presentar el Sernac, como la modificación unilateral de contratos y el cambio de características relevantes de la vivienda en un proyecto inmobiliario.

El caso Larapinta fue emblemático porque, además de la disputa civil con el Sernac, Hartwig y otros cuatro ejecutivos de Socovesa fueron formalizados por “estafas reiteradas”. La disputa terminó anticipadamente con el sobreseimiento de los acusados en enero de 2013, mediante un acuerdo extrajudicial y el pago de $ 330 millones a los querellantes.

El origen del caso y las cláusulas denunciadas

Sernac informó que la demanda presentada hace un mes contra Socovesa se realiza luego de un proceso de revisión de los contratos de empresas del sector, iniciado a principios de 2013 y posterior a una mesa de trabajo establecida por el Ministerio de Economía con la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI).

La entidad fiscalizadora indicó que voluntariamente las empresas requeridas presentaron sus contratos para su revisión y que el Sernac les informó de los ajustes que debían realizar. Este proceso sigue su curso con varias compañías.

Pero con Socovesa se instaló una disputa insalvable. “Socovesa contestó que los documentos revisados no correspondían a contratos de adhesión y, por tanto, no era aplicable a ellos la Ley del Consumidor. Lo anterior, pese a que los tribunales han confirmado lo contrario. Esta negativa a reconocer que se les aplicaba la Ley del Consumidor, el alto volumen de reclamos y las cláusulas en particular de los contratos, determinó que el Sernac tome la decisión de ir a la justicia pidiendo se anulen sus cláusulas”, informó la entidad que lidera Ossa.

Entre las principales cláusulas abusivas denunciadas, está la que establece la privación de cualquier derecho a reclamo, acciones judiciales o indemnizaciones que los consumidores puedan pedir cuando la empresa no cumple o la que indica, en “compras en verde”, que Socovesa se exime de su responsabilidad si la compraventa prometida no se celebra dentro del plazo, por causas ajenas a la compañía.

“Ello limita el derecho básico de los consumidores a que las empresas cumplan su palabra, con lo que ofrecen y convienen con sus clientes”, dijo Sernac.

En su opinión, este derecho les permite a los afectados recibir compensaciones por todo el daño sufrido, producto de incumplimientos tales como el no entregar la vivienda en el tiempo establecido, con la justificación de retrasos que existan con contratistas.

Sernac también cuestiona, en la demanda, la cláusula en que Socovesa se reserva el derecho a modificar especificaciones del bien argumentando validez de ello en razón de “tendencias comerciales” y otras cláusulas en que el consumidor declara que la publicidad se ha cumplido plenamente y se encuentra en conformidad con lo efectivamente vendido, eximiéndose así la empresa de responsabilidad por posibles incumplimientos.

Finalmente, la entidad pública también denunció ante tribunales una cláusula en la que se obliga al cliente, frente a cualquier duda, dificultad o diferencia con la inmobiliaria, a resolverlas ante un árbitro designado por la propia empresa en el contrato. Sernac dice que la empresa ya fue sancionada por esta infracción, ocasión en que además los tribunales le reprocharon el no haber cumplido la obligación legal de informar al consumidor que siempre puede recusar al árbitro y recurrir ante los tribunales de justicia.

Un sector cuestionado

En la demanda contra Socovesa, presentada el 21 de enero pasado, el Sernac afirma que mientras las ventas de viviendas entre 2011 y 2012 aumentaron un 18%, alcanzando las 67 mil unidades, “dicho crecimiento no ha ido de la mano con una mejor atención y trato a los consumidores”. Muy por el contrario, asegura que “las prácticas relacionadas a publicidad engañosa y la inclusión de cláusulas abusivas aún se repiten”.

En este sentido, revela que, durante el primer semestre de 2013, los reclamos subieron un 53%, a 2.650, a lo cual se agrega el hecho de que el índice de respuesta es “muy bajo”, transformándose en el año 2011 en el sector con menor respuesta a los clientes (68% no respondió). Incluso, asegura que el 17% de los reclamos fue rechazado afirmando que el Sernac no tiene competencias en estas materias, desconociendo de esta forma el imperio de dicha Ley, actualizada en 2004.